Mantenimiento Preventivo y Correctivo
Empresa Mantenedora habilitada para todos los sistemas PCI
Estricto cumplimiento de la normativa legal
Habilitación profesional de los operarios
Talleres móviles equipados
Servicio 24 horas/ 365 días
Miembro activo en asociaciones y colegios de ingenieros sector PCI
Mantenimiento de Protección Contra Incendios (PCI)
El mantenimiento PCI de los sistemas de protección contra incendios garantiza su correcto funcionamiento y es preceptivo por ley.
Diferentes tipos de revisiones, todas obligatorias, son las que contempla el nuevo RIPCI:
- Revisión trimestral
- Revisión semestral
- Revisión anual
Deben ser realizadas por una empresa y operarios habilitados por el departamento de industria o equivalente de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Normativa Contra Incendios: RIPCI
El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (R.D. 513/2017) es muy claro a la hora de determinar los requisitos obligatorios que deben cumplir las empresas mantenedoras.
¿En qué podemos ayudarte?
Habilitación como Empresa de Mantenimiento PCI de Instalaciones de Protección Contra Incendios
Según la normativa RIPCI, como empresa mantenedora de instalaciones de protección contra incendios Kosmos Group está habilitada para realizar el mantenimiento de los siguientes equipos y sistemas:
- Sistemas de detección y alarma de incendios.
- Sistemas de abastecimiento de agua
- Sistemas hidrantes
- Extintores de incendios
- Sistemas de bocas de incendio
- Sistemas de columna seca
- Sistemas fijos de extinción por rociadores automáticos y agua pulverizada
- Sistemas fijos de extinción por agua nebulizada
- Sistemas de extinción de espuma física
- Sistemas de extinción por polvo
- Sistemas de extinción por agentes gaseosos
- Sistemas de extinción por aerosoles condensados
- Sistemas de control de humos y de calor
- Sistemas de señalización luminiscente
Requisitos Exigidos por el RIPCI
Para poder realizar trabajos de instalación y mantenimiento de sistemas PCI es necesario el cumplimiento de ciertos requisitos:
- Inscripción en Registro Industrial de la Comunidad Autónoma.
- Certificado de calidad ISO 9001 vigente. Con inclusión explícita de los equipos y sistemas para los cuales la empresa está habilitada.
- Habilitación profesional de los operarios asignados que realizan y firman las revisiones de los equipos de PCI, con indicación de los equipos y sistemas para los cuales dichos operarios están habilitados.
- Un técnico titulado
- Un seguro de responsabilidad civil profesional adecuado
Asegúrate de que tu proveedor cumple con los requisitos legales para poder realizar trabajos de instalación y mantenimiento de sistemas PCI.
Miembro Activo en Protección Contra Incendios
Kosmos Group es miembro activo en las principales asociaciones de protección contra incendios, que avalan nuestro buen hacer: Cepreven, Tecnifuego y el Clúster de Seguretat Contra Incendis.
¿En qué podemos ayudarte?
Preguntas
y Respuestas
¿Qué ocurre en el caso de subcontratación entre empresas mantenedoras habilitadas?
Las revisiones trimestrales y semestrales, ¿son obligatorias?
¿Puede el usuario realizar las revisiones trimestrales?
¿Quién debe firmar las actas de mantenimiento PCI?
Las actas deben ir firmadas por la/s persona/s habilitadas que han realizado el mantenimiento PCI y el representante de la propiedad de la instalación.
¿Quién puede realizar el mantenimiento de los sistemas PCI?
¿Cuánto tiempo han de guardarse las actas de mantenimiento PCI?
Tanto la empresa que ha llevado a cabo el mantenimiento PCI, como el usuario o titular de la instalación, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, al menos durante cinco años.
¿Qué información deben incluir las actas de mantenimiento PCI?
Como mínimo, las actas de mantenimiento PCI deben incluir las operaciones y comprobaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de elementos defectuosos, que se hayan realizado. Las anotaciones, deberán llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma correspondiente.