Mantenimiento Sistemas Seguridad Electrónica y Anti-Intrusión
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Integración de Sistemas
Mantenimiento de Sistemas de Seguridad
El mantenimiento de los sistemas de seguridad es preceptivo por ley. Los sistemas de seguridad electrónica y anti-intrusión requieren de un mantenimiento periódico obligatorio si están conectados a una central receptora de alarmas CRA o a un Centro de Control (PPS).
Verificar el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad y alarma requiere disponer de un servicio técnico adecuado, formado por profesionales con experiencia y formación que realicen las intervenciones (presenciales y/o remotas) de forma satisfactoria y acorde a normativa.
¿Cómo podemos ayudarte?
Mantenimiento Preventivo
El mantenimiento preventivo se lleva a cabo con la finalidad de anticipar posibles fallos o averías en el sistema de seguridad, y dar solución antes de que éstos ocurran.
Las revisiones trimestral y anual son obligatorias. La lista de elementos que deben comprobarse en los mantenimientos preventivos viene detallada por ley.
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Libro de mantenimiento del sistema de seguridad
El Libro de Mantenimiento es un documento escrito que recoge la información necesaria acerca del alcance de las revisiones periódicas y los plazos en que éstas deben llevarse a cabo.
Es imperativo legal para aquellos establecimientos o instalaciones que disponen de sistemas de seguridad electrónica conectados a una central receptora de alarmas, o que disfrutan de un centro de control propio.
Se trata de una herramienta que forma parte del mantenimiento preventivo, y que debe tener a mano el director de seguridad o responsables de tal área en la organización.
Gracias a este documento es posible mantener la información actualizada acerca de los elementos que se revisaron en las inspecciones, la evaluación y las medidas correctivas que se tomaron. Debe llevar la fecha y la firma de las personas responsables de la seguridad.
detallada por ley.
Mantenimiento Correctivo
El mantenimiento correctivo de los sistemas de seguridad es reactivo.
Su finalidad es doble: aplicar los correctivos en caso de avería; y corregir, reparar o sustituir los dispositivos que el mantenimiento preventivo ha detectado que dan errores o fallos.
Normativa Aplicable para el Mantenimiento de Sistemas
La normativa aplicable en el mantenimiento de los sistemas de seguridad se contempla en las siguientes órdenes ministeriales:
- Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
- Orden INT/826/2020, de 3 de septiembre, por la que se modifican en lo relativo a plazos de adecuación de medidas de seguridad electrónica, la Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada, la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada, y la Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada. (BOE 241, de 9.9.2020)
- ORDEN IRP/198/2010, de 29 de marzo (Dept. Interior de la Generalitat de Catalunya) por la que se establecen los criterios de actuación para el mantenimiento y la verificación de los sistemas de seguridad y la comunicación a la policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra de los avisos de alarma.
¿Cómo podemos ayudarte?
Preguntas
y Respuestas
¿Quién puede realizar el mantenimiento de los sistemas de seguridad conectados a una CRA o a un centro de control 24h?
El mantenimiento de los sistemas de seguridad conectados a una CRA o a un centro de control 24h, ¿pueden ser subcontratados?
La subcontratación no producirá exoneración de responsabilidad de la empresa contratante.